Las frases o aforismos en latín que son sentencias breves, adagios, apotegmas, axiomas, proverbios que para muchos representan la poesía de lo justo dentro de la masa inmensa de la doctrina jurídica, otorgando sentido legal al ser esgrimidas en las providencias judiciales; serán eliminadas en los poderes judiciales de los veintitrés (23) países que forman parte de la Cumbre Judicial Iberoamericana. La propuesta para la eliminación de las frases en latín fue presentada por los representantes de Colombia, Bolivia, Chile, España, Paraguay y Ecuador con el objeto que la ciudadanía en general comprenda con facilidad las argumentaciones contenidas en dichas providencias; según se acordó en la XVIII Asamblea de la Cumbre Judicial en Asunción, Paraguay.
En efecto, frases como: “omne ius aut consensus facit aut necessitas constituitur consuetudo firmavit” esto es, todo derecho lo hace el consentimiento general, o lo constituye la necesidad, o lo establece la costumbre, o la expresión “Omni inre conssesio omnium gentium lex naturae putanda est”, En todos los casos, el sentimiento de todos los pueblos debe considerarse como ley natural. o “onus probando” que enuncia, la carga de la prueba, o “ignorantia facti non juris excusat” la ignorancia de hecho no excusa la de derecho, o la implorada “ignorantia non excusat” conforme al cual, la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley, o “accesorium sequitur principale”, lo accesorio sigue a lo principal, o “ad imposibilia nemo tenetur” a lo imposible nadie está obligado, esto es, que nadie es responsable de ejecutar lo imposible o la locución “ad interim” interina , transitoriamente. Se utiliza este enunciado para significar que un cargo está desempeñado de manera provisional por un funcionario diferente del titular y, como no mencionar “cedant arma togae”, esto es,
Ceder las armas a la toga. Donde este aforismo indica la prevalencia que las leyes deben tener siempre sobre las fuerzas armadas.
Esperemos, los resultados tenga esta propuesta promovida para que las mujeres y hombres que administran justicia en Colombia al comenzar a suprimir las frases en latín de sus autos y sentencias se obtenga posiblemente la claridad del lenguaje jurídico y por fin encontremos la diferencia entre la “ratio decidendi, los obiter dictum y el decisum”, lo cual ha generado a veces agudas y profundas querellas conceptuales, así, la decisum es la decisión concreta del caso; por su parte, la ratio decidendi es la formulación general o fundamentos jurídicos que se constituyen en la base de la decisión judicial y la obiter dicta o afirmaciones dichas de paso o que no se relacionan de manera directa con la decisión asumida, como al respecto lo considero la Corte en sentencia SU-047 de 1999 y la Corte Constitucional en sentencia C- 836 de 2001.Para tal efecto, esperemos sin embargo la decisión de la Cumbre.
En tal caso, la jueza paraguaya María Mercedes Buongermini que participó en la invocada XVIII Asamblea de la Cumbre, enunció: “es necesaria la redacción de los actos de comunicación en lenguaje claro, fácil y comprensible para las personas interesadas en las resoluciones judiciales. Debemos homogeneizar la redacción de sentencias y buscar un equilibrio entre el rigor técnico necesario de las expresiones y comprensión por parte de la ciudadanía”.
Considerado por: Edgar A. Suárez. L.